lunes, 28 de septiembre de 2009

Contrato de Consignación

Según el artículo 392 del código de Comercio vigente:
Es un contrato en virtud del cual una persona denominada consignante transmite la disponibilidad y no la propiedad de uno o varios bienes muebles a otra persona denominada consignatario, para que le pague un precio por ello, en caso de venderlos en el término establecido, o se los restituya en caso de no hacerlo.

Se puede pactar un precio independiente a la venta, en cuyo caso se pueden retener las cosas hasta que éste sea cubierto.

Plazo
el que las partes pacten, sino:
Si se vende, dos días después de la venta debe realizarse
Si NO se vende, dos días después de consignado.

según el artículo 393 fracción VII en el caso de que no quiera entregar el bien o precio por su venta, tendrá que pagar un 3% de interés sobre el valor total mensualmente (tasa de interés seis veces más alta que el interés legal, de conformidad al 362 del código de comercio)

Formalidad
No requiere ninguna, pero si se hace por escrito, de acuerdo al tercer párrafo de la fracción quinta del artículo 393 del CComercio, traerá aparejada ejecución, pudiendo invocarse la acción cambiaria directa del 159 y la vía ejecutiva mercantil que se da a dichostítulos y documentos.

¿Qué pasa si la cosa consignada se pierde?
Perecerá para su dueño si es por caso fortuito o fuerza mayor, es decir, para el consignante.

Si perece por negligencia, dolo, etc tendrá que responder el consignatario.

miércoles, 23 de septiembre de 2009

Suministro II

¿Cuál es la diferencia entre el contrato de suministro y el de Compraventa a plazos o con entrega diferida?

En el contrato de suministro, el precio de los objetos, bienes o servicios puede variar, puede el precio también ser determinable.
Es un contrato de tracto sucesivo, pues no se agota con una ocasión.
Son varias o múltiples las prestaciones

En el contrato de compraventa, el precio está determinado en un inicio, por lo que no podría variar.
Se agota en una sola ocasión, es de ejecución instantanea.
Es una sola prestación, que puede fraccionarse o diferirse, pero al final termina siendo solamente una.

A parte, en el contrato de suministro se puede pactar una cláusula de exclusividad a cambio de mejores o más atractivas prestaciones, es decir, que las partes no pueden pactar con otros, o ser suministrados por otras personas el producto que están comprando.

sábado, 19 de septiembre de 2009

Contrato de Suministro

Según Vasquez del Mercado, es un contrato por el cual una de las partes (normalmente llamada proveedor) asume la obligación, mediate un precio de entregar periódicamente a otra (comunmente llamada suministrado) cosas en determinada calidad, tiempo y forma de fijarlos.

Según Díaz Bravo, es aquel contrato en el que una parte (suministrador) se obliga a proveer a otra (suministratario) bienes o servicios en forma periódica o continuada a cambio de un precio determinado o determinable.

Ahora, ¿cuáles son los elementos fundamentales del contrato?

Periodicidad: se refiere a que la prestación es de tanto en tanto, como podría ser el surtimiento de agua embotellada, etc.

Continuidad.- hace referencia a la permanencia sostenible de la prestación, como podría ser el servicio de énergía eléctrica, o de agua potable

martes, 15 de septiembre de 2009

Compraventa Mercantil

Es toda compraventa cuyoobjeto directo y preferente sea traficar, es decir, que la intención o finalidad sea lucrar o especular comercialemente.


León Volafio.- "Comprar para revender"

Meorada: Comprar, Fabricar para revender, con el ánimo de lucrar


Es como una compraventa civil, pero atiende al ánimo de lucro.

sigue las reglas del código civil, msa varía un poco en el perfeccionamiento;


Ley Federal de Protección al Consumidor

"Se perfeccionan hasta los cinco días si la venta se realizó en el domicilio del comprador"


En cuanto a la teoría de Riesgos sigue las mismas reglas


Plazo, Pago y Entrega

Lo que pacten las partes.


Reclamaciones:

se tienen 30 días para reclamar sobre la calidad

Se responde por evicción

No aplica lesión para desvirtuar contrato, (aunque da acción contra ella?)


*La Notoria Inexperiencia definitivamente NO aplica en Derecho Mercantil.

Parámetros para Resolución de Casos Jurídicos

Costo Beneficio
decidir si vale la pena iniciar un procedimiento por el incremento económico que conllevará una sentencia a favor.
requiere Negociación y flexibilidad.

Fundamentación
leyes y normas que sirven de base para el actuar de la autoridad

Motivación
racionamientos logico-jurídicos para caer en el supuesto de la ley

¿Qué es lo que se quiere?
usar los medios para llegar a los fines queridos

Auxiliares Mercantiles

Subordinados¬ los que se encuentran dentro del organigrama de la empresa, a su interior

Factores¬ Reresentantes con facultades ilimitadas; actúan a nombre y cuenta de la
empresa; no pueden interesarse en el mismo género o giro que el representado; Puede contratar a nombre propio fuera de las relativas al giro de la empresa; siempre se presume que actúa en nombre de la empresa.

Dependientes¬ No dirigen, solamente ayudan al comerciante; no obligan a terceros; solo siguen instrucciones, no toman decisiones.

Contadores¬ subordinados que se encargan de la contabilidad; si se le faculta a tomar decisiones se considera una especie de "híbrido" de las categorías anteriores, sino es un dependiente.

Agentes de Ventas¬ puede ser tanto subordinado como independiente. trabaja bajo comisión; puede o no recibir órdenes

Encargados de limpieza¬ basado en la teoría de que le empresa funciona como un todo, incluso las personas que realizan esta serie de tareas contribuyen al correcto desarrollo comercial de la empresa.

Independientes¬ no tienen uan relación de subordinación con la empresa; ayudan a comerciar, no al comerciante. Puede ser por mandato o por Agencia


Corredor Público¬ se les considera auxiliares mercantiles en cuanto contribuyen a comerciar; sirven de mediadores; tienen Fé pública y pueden fungir como peritos valuadores.

lunes, 14 de septiembre de 2009

SCJN

Aquí un link a la página de la Suprema Corte. en ella se puede encontrar toda la actividad jurisdicciónal, así como invitaciones a eventos y demás información.




domingo, 13 de septiembre de 2009

Contratos en Particular

Proemio

al tenor declaraciones y cláusulas

declaraciones

cláusulas

sábado, 12 de septiembre de 2009

Ley de Coordinación Fiscal



Una ley no hecha por abogados, irónicamente.

Interés legal

según el artículo 362 del código de comercio, el interés legal por mora es de seis puntos anuales en el derecho mercantil, mientras en el derecho civil, según el artículo ____ es de nueve puntos porcentuales anuales.


¿Por qué, si en el derecho de los comerciantes lo que se busca es la especulación comercial y el lucro, el interés supletorio es menor que en la materia civil?

sábado, 5 de septiembre de 2009

Obligaciones de los Comerciantes

Son obligaciones de los comerciantes, según el artículo dieciseis del Código de Comercio:

a) Publicidad de la Calidad Mercantil
Nombre Giro Encargados Apertura Sucursales Promociones


b) Inscripción en el Registro Público de Comercio
Difiere si se es Persona Física o Persona Moral. en general son los datos generales.


c) Mantener un sistema de Contabilidad
"llevar las cuentas"


d) Conservación de la correspondencia
Todos los documentos relacinados con los negocios o el giro de la empresa.



viernes, 4 de septiembre de 2009

Competencia Desleal


Es una práctica que los comerciantes deben evitar, y consiste en:


Crear confusión con otro comerciante,

Desacreditar con aseveraciones falsas (con verdaderas está permitido?),

Inducir al público al error sobre la naturaleza (características, calidad) de productos.

jueves, 3 de septiembre de 2009

Comerciantes III

Habiendo llegado a las conclusiones pasadas, ahora ¿Quienes no pueden ser comerciantes?

a) Corredores Públicos

b) Quebrados

c) Delincuentes de Propiedad

d) Notarios

e)Clérigos y Militares

El legislador debe tener una buena argumentación para dejar fuera a estar personas del comercio, por lo que se puede deducir que su mismo caracter de imagen pública, o de imposibilidad a ser parte de actos de comercio (b) tiene lógica certera.

Comerciantes II

Entonces; quien es comerciante?

"el que traslada mercancías de productor a consumidor"

"el que administre y explote empresa dedicada a cualquier actividad mercantil"

"Persona que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio hace del él su actividad ordinaria"

"Persona Dedicada a cualquier actividad mercantil (que tenga como fin el lucro o la especulación comercial) con cierta regularidad"

Considero que lo importante es lo que materialmente sea el Comerciante, pues no porque le llamemos de una o de otra manera va a dejar de ser una cosa o a cambiar metafísicamente su esencia. Una definición será completa en cuanto se apegue a la realidad, por lo que si las diferencias son en cuestión de estilo o redacción, nos llevan a concluir lo mismo.

miércoles, 2 de septiembre de 2009

Organización de las Naciones Unidas

he aquí un vínculo a la ONU, la ley suprema por sí, aunque requiera de firma y ratificación para tener ese caracter, una vez adoptados pueden exigirse incluso contra el derecho interno.




tiene que ver con el derecho mercantil (aclaro) porque si una norma de derecho interno trasgrede alguno de nuestros derechos fundamentales o va contra los tratados internacionales, se puede exigir que estos últimos se respeten.