jueves, 28 de febrero de 2019

lunes, 3 de diciembre de 2018

miércoles, 2 de diciembre de 2009

Fideicomiso


Una persona tiene bienes y esta le pide a una empresa fiduciaria que realiza un fin específico con el bien.
Contrato en virtud del cual el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad ao titularidad de uno o más bienes o derechos para ser destinados a fines lícitos y determinados, encomendando la realización de dichos bienes a la propia institución fiduciaria.

Partes
Fideicomitente, Beneficiario, Empresa Fiduciaria

Forma
Por escrito
dependerá del bien el resto de las formalidades.
No puede durar más de 50 años

Se recibe una comisión por realizar los actos, por administrar, etc.

Tipos:
Fideicomiso en garantía.- su finalidad es garantizar una obligación principal.
Fondo.- para garantizar obligaciones.

Extinción.-
Cuando se realiza el fin o se hace imposible
Convenio
Revocación
Fraude
Falta de Pago.

martes, 1 de diciembre de 2009

Contrato de Seguro

Entre más o menos posibilidades haya de que ocurra un hecho o riesgo menos será mayor o menor la cuota.
Se guía por la ley del contrato de seguro y la ley general de instituciones y sociedades mutualistas

Definición: una empresa aseguradora se obliga mediante una prima a resarcir un daño o pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato.
Independientemente de que se pacte una prima o no, si hay consentimiento tiene que responder.
si no se cobra en los 30 días siguientes la empresa se deslinda de responsabilidad.

Debe estar autorizada por la SHCP, CNBV y debe haber una fianza que cubra el valor de lo que puede asegurar.

Elementos Personales
Empresa Aseguradora
Asegurante o Asegurador
Beneficiario.

Póliza
Por escrito, debe contener condiciones
debe entregarse al asegurado
se tiene un plazo de 30 días para hacer observaciones una vez entregada la póliza

Prima
Pago que se hace al asegurador como contraprestación
No perfecciona el contrato su pago, o no es necesario.
En algunos casos se puede fraccionar.

Riesgo
Suceso o Eventualidad del cual depende que la empresa aseguradora restituya o pague.
Si ya se dio el hecho, es nulo el contrato
No se reembolsan las primas pagadas.
de esto depende el valor de la prima.

Prescribe en dos años a partir de terminado el contrato, para cobrarlo.

Tipos
Por Robo, enfermedades, transporte, vida, mercancía, etc.

Cuaseguro
Seguro con dos empresas, que pagarán proporcionalmente.

Reaseguro.- La empresa contrata a otras para que responda.

sábado, 21 de noviembre de 2009

Arrendamiento Financiero


Llamado "LEASING" en Estados Unidos de América, es un contrato que sirve para obtener bienes muebles (como equipo de oficina automóviles, etc.) o inmuebles sin desembolso fuerte.

El arrendatario en este caso se vuelve copropietario de la cosa.
Es regulado por la ley de instituciones de crédito, en específico el artículo 24.

Por medio de este contrato la arrendadora financiera se obliga a adquirir bienes y a conceder su uso y goce temporalmente a plazo forzoso, a otra persona llamada arrendatario financiero,quien se obliga a realizar pagos parciales y a decidir una opción al término del contrato;
Comprar el bien (a un precio menor)
Prorrogar el Contrato, sigue en renta
Participar de la venta del bien

Las participaciones deben cubrir la suerte principal y la comisión del arrendador.
Puede así decirse que es un contrato en el que ambas partes se ven sumamente beneficiadas.
Arrendatario en el supuesto de que la cosa se pierda por caso fortuito y fuerza mayor tendrá que seguir pagando las cuotas.

Formalidades
Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito: el arrendador debe ser una organización auxiliar , constituida como una sociedad anónima autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

El contrato deberá hacerse por escrito y en escritura pública, ratificarse e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

La validez no merma el acuerdo de voluntades; salvo lo estrictamente mencionados.
Sigue entonces la teoría de la voluntad interna para entender las cláusulas.

Si no hay forma no se producirán las obligaciones ni habrá acción en juicio

Soyla León.- La falta de formalidad no exime del cumplimiento de obligaciones. Acción Pro Forma
y en los otros contratos?
Nulidad Relativa o Absoluta?

Si no se pacta el tiempo para decidir al terminar el contrato, se tiene un mes para avisar.

Obligaciones del Arrendador.-
Conservar el Bien
Usarlo de acuerdo a su naturaleza
En caso de perdida del bien responde
Si es robado incluso deberá coadyuvar con el Ministerio Público

viernes, 20 de noviembre de 2009

Joint Venture


Contrato de Co-inversión. de conjunción de empresas
Dos empresas para poder comprometer mi empresa se forme una nueva, sin admitir o involucrar nuevos socios, o que no conozco el lugar o reglamentación de otro país
Una empresa completamente independiente que va a tener personalidad jurídica y patrimonio propio y que se crea con el fin con específico que ambas empresas crean conveniente.

Una podrá poner la tecnología, el capital y los registros de marca, mientras que la otra empresa la mano de obra, el conocimiento del medio y el posicionamiento en el mercado.
Ambas serán responsables por los riesgos y beneficios en comunidad.

Definición: dos o más empresas económica y jurídicamente independientes unen recursos para obtener beneficios mutuos a través de la creación de una nueva empresa independiente de las creadoras, pero controlada por estas.

Obligaciones:
Aportar a la nueva sociedad lo que comprometieron
Dirigir y Controlar la sociedad
No competir entre ellos;
Confidencialidad en los conocimientos transmitidos
Compartir Riegos

Derechos
Participar de las Ganancias en la proporción que hayan acordado, tener voz y voto dentro de las juntas y asambleas, y todas las demás aplicables de las sociedades civiles.

Utilidades del Contrato
En el ámbito laboral:
Toda la carga de prestaciones sería de la empresa nueva;

En el caso de la materia Fiscal:
La base gravable, es menor.

jueves, 19 de noviembre de 2009

Crédito de Habitación o Avío

La finalidad de este contrato es ser aplicado en la Industria, la Ganadería o en la Agricultura.

Es una especie de crédito, pero con un fin determinado.
Está regulado por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en específico por le artículo 321.
En este acuerdo de voluntades, el acreditado se obliga a invertir el importe que le haya sido transferido en:
Materia Prima
Salarios
Gastos Directos de Explotación en el Negocio.

Deberán ser bienes de consumo inmediato o de lo contrario, podría incumplirse con el fin del contrato.

En su caso se tendrá como garantía los bienes que se hayan adquirido, y si se usó para salarios, serán entonces los frutos producidos.

Se tiende a instrumentar con pagarés, y será responsabilidad del acreedor que el dinero se use para el fin determinado.

Formalidad
Por escrito
Por triplicado
Ante dos testigos
Ratificado ante Registro Público del Comercio y si el bien u objeto del contrato incluye inmuebles tendrá que inscribirse en el registro público de la propiedad.

Según la ley de instituciones de crédito solamente basta en escritura pública ratificado por notario o corredor público.

El Acreedor puede designar un interventor que garantice que se utilizan los bienes materia del crédito para el fin que en un principio se habían concebido.

Una variante de este contrato es el Crédito Refaccionario;
tiende a darse más en la práctica, por tratar o versar sobre bienes de consumo duradero.
Se puede aplicar incluso el dinero a deudas fiscales.

Según el 323 de la LGTOC, se debe invertir dicha cantidad en la adquisición de aperos, instrumentos útiles de labranza, abonos, ganado, plantaciones, tierra de cultivo, compra de instrumentos o maquinaria.

miércoles, 18 de noviembre de 2009

Auto Financiamiento II

Requisitos para una empresa de autofinanciamiento
1.- ser una persona jurídico colectiva mexicana
2.- Su objeto debe ser ex profeso administrar sistemas de comercialización de grupos.
3.- Debe incluir un plan de funcionamiento
4.- Debe probar su capacidad financiera
5.- Se incluirá en el contrato de adhesión que se hará con el usuario final, mismo que debe registrarse ante la procuraduría federal del consumidor.

Si bien no hay alguna cláusula que haga referencia a la necesidad de ser plasmado por escrito, el hecho de que el contrato de adhesión tenga esa formalidad, lo infiere.

Características
Precio.- deberá contener el precio antes y después de la adjudicación.
Esto en función de que se permiten dos precios distintos en función de la posesión del bien; Es una especie de Beneficio para el que no ha recibido el bien.
A su vez, es un costo para el que tiene "prisa" en poseer el bien.

Seguro de Vida.- tiende a estar adicionado al contrato de auto financiamiento, lo cual es una mera costumbre. se usa para garantizar el pago.

No se pueden modificar los grupos hechos con anterioridad; tendrá el administrador que cubrir la cantidad en caso de que alguien se salga o abandone el grupo.
Puede haber pena convencional si se rescinde el contrato.
Lo que se debe regresar se tendrá que hacer en los 25 días naturales siguientes a la rescisión.
Se debe avisar dicha rescisión con al menos 15 días naturales de anticipación.

Al momento de la Adjudicación se tienden a pedir garantías, como lo son los contratos de Fianza, Hipoteca, Aval, etc.


jueves, 12 de noviembre de 2009

AutoFinanciamiento

Un administrador reune a varias personas que quieren ingresar en su esfera patrimonial vehículos de motor o cualquier otro tipo de bienes, a lo cual se aplica un sistema de comercialización en el que unos se obligan mensualmente a pagar ciertas cantidades, y con el dinero obtenido se compran esos bienes y se sortean entre los obligados (el método de repartición puede ser distinto)

Sirve para las personas que:
No pueden ahorrar
No pueden comprar de contado
Quieren adjudicarse bienes rápidamente.

Está regido por el Reglamento de Sistemas de Comercialización

Se entregan bienes de forma diferida (sean determinados o indeterminados)

Sistemas.-
Sorteo
Subasta
Antiguedad
Liquidación (entrega al final) (hay plazo máximo, no puede exceder de cinco años en muebles y de 15 años en inmuebles)

La empresa está vigilada, necesita autorización de la Secretaría de Economía y hay órganos supervisores, como la CONDUCEF, LA CNBV Y LA PROFECO.

Se forman por grupos, no está permitido modificarlos o trasladar los grupos.
Se tiende a entrar al grupo mediante el pago de una cuota llamada "inscripción"


Contrato de Edición

este contrato versa sobre libros (entendidos como publicación unitaria)

Elementos Personales
Autor.- Creador o Escritor del Libro
Editor.- Quien realiza la publicación del libro

Autor cede temporalmente los derechos patrimoniales al editor, normalmente se determina por las mismas partes, en caso contrario la ley indica que cinco años. Esto para que el editor pueda reproducir en el comercio y le va a generar una utilidad y le dará una regalía al autor, que tiende a variar entre el 2 y el 4%.
Puede ceder en varias empresas el mismo derecho.
El editor se obliga a todos los gastos de fabricación, promoción y distribución.

Formalidades
Siempre es por escrito
Deberá registrarse ante el instituto nacional de derecho de autor
No se puede pactar una obra futura e incierta
El Editor debe nombrar siempre los derechos morales, es decir, hacer un reconocimiento de quien es el autor, el número de edición, el lugar de la edición, etc

Definición
Autor o Titular de los Derechos Patrimoniales de una obra se obliga a entregarla a otra persona llamada editor, el cual a su vez se obliga a reproducirla, distribuirla, promocionarla y venderla pagando al titular o autor las prestaciones convenidas.

miércoles, 11 de noviembre de 2009

Franquicia III


En el contrato de franquicia se da un uso de marca, según el cual se transmiten conocimientos y se presta asesoría para lograr uniformidad pública mediante sistemas y métodos tanto operativos, comerciales y administrativos.

Franquiciante y Franquiciatario son los elementos personales del contrato

A lo largo de la historia del contrato se han visto distintas modalidades o niveles de inmersión del mismo;

Franquicia de Primera Generación
El franquiciante aporta todos los insumos y franquiciatario solo vende productos terminados.

Franquicia de Segunda Generación
Se enseña además a "realizar las mercancías" entendiendo por esto que el Franquiciante enseña al Franquiciatario a hacer el producto, apegándose a los estándares que le llegue a marcar el franquiciante.
Implica que debe haber cierta transmisión de conocimientos y prestación de asesoría.
Un ejemplo es McDonalds, empresa en la cual les enseñan a hacer las hamburguesas, no llegan ya hechas. esto además ayuda a conservar la calidad y frescura de los ingredientes, y por tanto un mejor producto a disposición del cliente
Uno de los Principios Rectores del Contrato es la UNIFORMIDAD;
Debe además haber una circular de oferta previa (del Franquiciante al Franquiciatario), la cual debe incluir:
Antiguedad,
Costo de la Franquicia
Género
Licencia de Marcas
Secretos Industriales
Tecnología a transmitir
Asistencia a Brindar
Territorio (zona geográfica que se va a abarcar)
Exclusividad
Pago de Regalías a Franquiciante (que pueden ser a cuota fija o un porcentaje del total de ganancias)
Tratamiento de Insumos (si se proporcioinarían o se adquirirán por separado)




martes, 10 de noviembre de 2009

Derechos de Autor

Una obra está protegida a partir de que se plasma, se crea físicamente, el problema es probar quien es el autor de la misma. (se puede determinar por registro ante algún organismo tanto nacional como internacional)
Un autor entonces tendrá los siguientes derechos
Derechos Morales
No son embargables, son inalienables e imprescriptibles.

Derecho a ser reconocido como autor de la obra
A que se respete la integridad de la obra
A modificar la obra
A retirar la obra del comercio
Oponerse a que se le atribuyan obran de las que no fue autor.

Derechos Patrimoniales
Son transmisibles según cierta temporalidad
Puede tener el carácter de onerosidad o gratuidad
Duran la vida del autor más 100 años
Lucro Directo.- se tienen que pagar regalías en función del uso de la obra
Lucro Indirecto.- como se le da un uso indirecto a la obra (por ejemplo, restaurante, música de fondo) de igual manera se tienen que usar regalías.

Derechos Conexos
El de los intérpretes y ejecutantes que hacen famosa la obra o directiva.

Limitaciones
Según el artículo 147 de la Ley Federal de Derechos de Autor;
El autor de la obra se verá siempre restringido
1.- Por causa de utilidad pública (se tiene que pagar al Estado)

Según el artículo 148, se tendrán las siguiente limitaciones a los derechos patrimoniales, por lo que terceros no autores podrán sobre otras obras hacer.-
Cita de textos, siempre que la cantidad tomada no pueda considerarse como una reproducción simulada y
sustancial del contenido de la obra;
II. Reproducción de artículos, fotografías, ilustraciones y comentarios referentes a acontecimientos de
actualidad, publicados por la prensa o difundidos por la radio o la televisión, o cualquier otro medio de
difusión, si esto no hubiere sido expresamente prohibido por el titular del derecho;
III. Reproducción de partes de la obra, para la crítica e investigación científica, literaria o artística;
IV. Reproducción por una sola vez, y en un sólo ejemplar, de una obra literaria o artística, para uso personal y
privado de quien la hace y sin fines de lucro.
Las personas morales no podrán valerse de lo dispuesto en esta fracción salvo que se trate de una
institución educativa, de investigación, o que no esté dedicada a actividades mercantiles;
V. Reproducción de una sola copia, por parte de un archivo o biblioteca, por razones de seguridad y
preservación, y que se encuentre agotada, descatalogada y en peligro de desaparecer;
VI. Reproducción para constancia en un procedimiento judicial o administrativo, y
VII. Reproducción, comunicación y distribución por medio de dibujos, pinturas, fotografías y procedimientos
audiovisuales de las obras que sean visibles desde lugares públicos.

Contratos Adicionales a la Franquicia

En la esfera del contrato de franquicia, se hacen otros contratos accesorios para robustecerlo y a su vez perfeccionarlo en sí.

Licencia de Marca
Se hace una inscripción ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de las marcas y demás anexidades legales.
Funciona para el efecto de no tener que inscribir el contrato de franquicia completo, pues es público el registro y si contuviere información clasificada como "secreta" estaría al alcance del mundo.

Contrato de Secrecía
Acuerdo de voluntades en virtud del cual las partes se obligan a que será guardado como secreto toda la información que bajo ese carácter se haya dado.
Se debe establecer en el clausulado concretamente las cosas que tendrán dicha característica, no se puede aplicar el "embudo" (entendido como la clásica frase legislativa de "y todas las que marque la ley")

Otros
Transmisión de Conocimientos Técnicos,
Asistencia Técnica
Manual de Operaciones (paso a por paso y a detalle la forma de manejar la franquicia)

lunes, 9 de noviembre de 2009

Derecho de las Nuevas Tecnologías II


Principios Jurídicos
Equivalencia funcional de los actos electrónicos
Neutralidad tecnológica
No alterabilidad o alternancia del derecho existente de Obligaciones y Contratos
Buena Fe
Autonomía de las Partes

Artículos del Código Civil Federal de 2000
1803.I: será expresa cuando la voluntad se exprese verbalmente, por escritos, MEDIOS ELECTRÓNICOS o cualquier otra tecnología, o por signos equívocos.
1805, 1811 y demás relativos hacen referencia a esta rama del derecho.

Código Federal de Procedimientos Civiles
210-A MEDIOS ELECTRÓNICOS como medio de prueba

Código de Comercio
80, 89, 89 bis, 93 bis etc. (relativos a los medios electrónicos, y al comercio electrónico.

viernes, 6 de noviembre de 2009

Comercio Electrónico II


Necesidad de regular tanto jurídica como socialmente las relaciones sociales y comerciales en el ámbito de las nuevas tecnologías

Historia

1920.- Estados Unidos venta por catálogo (calzado), posteriormente tarjetas

1980.- ventas por televisión, por vía telefónica, pago por tarjeta de crédito.

A finales de la década de los setentas se realizaron programas para intercambio de paquetes

entre diferentes redes ( por ejemplo en la Milicia, para su uso interno)

Papel del Derecho

Involucrarse y regular las nuevas tecnologías

Cualquier actividad que implique a empresas que interaccionen y realicen negocios por medios electrónicos.

Intercambio de Información entre personas que da lugar a una redacción comercial consistente en la entrega de bienes.

jueves, 5 de noviembre de 2009

Derecho de las Nuevas Tecnologías


Aplicaciones del Derecho a la era tecnológica:

Registro de Operadores (obtener licencia en México)
Obra Civil (permisos de municipio, etc. para construir infraestructura)
Uso de Espectro Público Radioeléctrico
Libre competencia (monopolios en supuesta decadencia?)
Interconexión (una especie de arrendamiento de redes)
Bucle de Abonado (Dominante tiene que rentarlo)
Falta de Acuerdo entre operadores.

Diferencia entre Digitalizar y Comprimir

Digitalizar es convertir información a sistema binario, es decir “hacer dígitos”

Comprimir es eliminar ciertos colores, sonidos y espectros que las facultades sensoriales no alcanzan a percibir, para hacer archivos y documentos de menor tamaño, sin perder “calidad” (a la apreciación humana)

Cabe aclarar que no se debe confundir la infraestructura, con el contenido informático transmitido, pues es un error común entre las personas que se introducen en la materia.

miércoles, 4 de noviembre de 2009

Comercio Electrónico



Derecho de las Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías

Qué son las telecomunicaciones?
Infraestructura y Redes para poder transmitir mensajes a distancia.
Normalmente están hechas de cobre; ya sea coaxial o fibra óptica.

Tipos de Fibra Óptica
FTB o Fiber to Building
FTH o Fiber to Home
FTN Fiber to Neighbor

A su vez, se puede usar un espectro radio eléctrico para realizar la transmisión de mensajes a distancia.

Servicios que se pueden ofertar con la "banda ancha":

Telefonía Fija
Telefonía Móvil
Televisión
Radio
Internet
Cualquier otro medio, etc.

Servicios o Negocios Regulados
De servicio medido, larga distancia, planes de renta, SMS, MMS y EMS, subvención de terminales, ancho de banda, interconexiones, etc.


Qué se regula en el derecho de la tecnología?
El comercio electrónico,
La Firma Electrónica,
Derechos de Propiedad Intelectual
Piratería
Protección de Datos
Nombres y Dominios
Delitos informáticos
Neutralidad en la Red.

jueves, 29 de octubre de 2009

PANAMMUN


QUÉ ES PANAMMUN?


Es un simulacro o representación de la toma de decisiones de la Organización de las Naciones Unidas.
Por favor visita:

www.ags.up.mx/panammun

miércoles, 28 de octubre de 2009

CATÓLICOS, VENGAN A CASA!



HOPE YOU ALL SPEAK A LITTLE ENGLISH;

CATHOLICS, COME HOME!

Franquicia II


¿Qué es una franquicia?

Es un negocio exitoso;

está regulada por la ley de la propiedad industrial:

existirá franquicia cuando con el contrato de licencia de uso de una marca se transmitan conocimientos técnicos y/o se preste asistencia técnica para producir ocomercializar bienes o servicios de manera uniforme (mismos métodos operativos, comerciales, administrativos, etc) con el fin de mantener la misma imagen.

Requisitos

Ser licenciado para usar marcas, si no está registrada la marca no se pueden conceder franquicias.